Novedades fiscales 2021

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Novedades fiscales 2021.

Hace ya dos meses que entró en vigor la Ley de Presupuestos Generales del Estado y con ella, una batería de medidas, o novedades fiscales, en el ámbito tributario, con efectos el 1 de enero de 2021, que paso a resumir:

I.R.P.F

1.- Se incrementa la escala general del impuesto para la base general, a partir de 300.000 €, pasando del 45% actual al 47%.

En cuanto a la base del ahorro, se añade un tramo en la escala para bases superiores a 200.000 €, al tipo del 26%.

2.- Se modifica el límite de las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia severa o gran dependencia, que pasa de 8.000 € a 2.000 € como límite máximo de deducción. En cuanto a las aportaciones a favor del cónyuge, se reducen de 2.500 € a 1.000 €.

3.- Se mantienen para 2021 los límites excluyentes del método de estimación objetiva (módulos), volviéndose a prorrogar los establecidos por Ley 48/2015. Siguen establecidos en la cifra anual de ventas de 250.000 € para todas las actividades, salvo las operaciones para las que exista obligación de expedir factura, que no podrán superar 125.000 €.

I. Patrimonio

1.- Se contempla su vigencia indefinida.

2.- Se aumenta el tipo de gravamen del último tramo, que pasa del 2,5% al 3,5%.

 I. Sociedades

1.- Limitación en la deducibilidad de los gastos financieros, suprimiéndose la adición al beneficio operativo de los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de patrimonio que se correspondan con dividendos, cuando el valor de adquisición de las mismas sea superior a 20 millones de euros.

2.- Se modifica la exención sobre dividendos y plusvalías derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes, eliminándose el requisito alternativo de que el valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros. El porcentaje de la exención pasa del 100% al 95%.

Esta reducción no se aplicará, durante un período de tres años, a las empresas que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 40 millones de euros, que se hayan constituido con posterioridad al 1 de enero de 2021.

3.- Se suprime la exención y eliminación de la doble imposición internacional por los dividendos o participaciones en beneficios y en las rentas derivadas de la transmisión de las participaciones en el capital o en los fondos propios de una entidad cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros, con la finalidad de limitar la aplicación de estas medidas a las situaciones en que existe un porcentaje de participación del 5%.

I.V.A.

1.- En relación con las normas de localización de las prestaciones de servicios, se deja de aplicar la regla especial de uso efectivo a los servicios realizados en Canarias, Ceuta y Melilla.

2.- Se aumenta el tipo de gravamen aplicable a las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos, que pasan del 10 % al 21 %.

3.- Se prorrogan los límites de aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, del mismo modo que en el I.R.P.F.

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Imágenes sacadas de Pixabay.

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