Factura simplificada

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Facturas y factura simplificada: Requisitos y emisión.

Descubre todo lo que tienes que saber para generar una factura o una factura simplificada sin cometer errores.

factura simplificada

¿Qué datos deben aparecer en una factura?.

La factura es el documento mediante el cual la persona, entidad o empresa que la emite desglosa los bienes que ha entregado o los servicios que ha prestado, y exige al cliente el pago de los mismos de manera detallada. Los datos que deben estar recogidos en la misma vienen regulados en artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, del día 30 de noviembre. Este artículo nos indica que toda factura debe llevar un número y, en su caso, serie que la identifique de manera única. Esta numeración habrá de ser necesariamente correlativa. Se puede, simplemente, llamar «001» a la primera factura que se emita en el año, y así sucesivamente, o incluir algún dato que ayude a identificarla, como «201901» o «1901», para saber a qué año pertenece, o incluso con una letra «F1901» para diferenciar esta numeración de la que puedan tener otros documentos que emitamos, como albaranes o justificantes.

Otro requisito que debe aparecer es la fecha de emisión de la misma. A continuación, el nombre o apellidos, o la denominación social de la empresa, asociación u organización emisora y del destinatario. También debe reflejarse el número de identificación fiscal de ambos.

Otro de los datos necesarios es el domicilio, tanto del emisor de la factura como de la persona o empresa que es destinataria de la misma. Completados estos campos, hay que detallar los bienes, servicios y operaciones por los cuales se factura, junto con el precio de los mismos (base imponible de los impuestos), tal y como está regulado en los artículos 78 y 79 de loa Ley del Impuesto. Aclarado esto, se ha de indicar qué tipo impositivo tiene cada uno de los conceptos por los que se factura, y que se aplicarán a la operación finalmente. En este punto, es importante tener en cuenta que si se ha cobrado alguna cantidad a cuenta o se ha recibido un anticipo, ha de constar en la propia factura.

En cuanto al régimen impositivo, como norma general el IRPF está fijado en un 15%, y el IVA en un 21%. Hay excepciones, como los autónomos en sus dos primeros años de ejercicio, en los cuales la retención se reduce al 7%. Este párrafo mejor quítalo. Se refiere a la retención que se debe realizar a los profesionales… y no queda nada claro.

¿Qué es la factura simplificada?.

La factura simplificada está en funcionamiento desde los primeros meses del año 2013, que es cuando se implantó. Este tipo de factura viene a sustituir al ticket, que ya no es válido como justificante de pago, y está regulada mediante el Real Decreto 1619/2012.

factura simplificada
La primera limitación de este tipo de facturas es que el importe total, con el IVA incluido, no puede exceder de los 400 euros como norma general. Sin embargo, hay un total de 14 supuestos en los que puede usarse la factura simplificada con un máximo de 3.000 euros (IVA incluido). Son

    1. Transporte de personas y equipajes.
    2. Servicios prestados por institutos de belleza y por peluquerías.
    3. Alquiler de películas.
    4. Uso de autopistas de peaje.
    5. Servicios en ambulancia.
    6. Venta al por menor, incluyendo a los elaboradores o fabricantes de los productos.
    7. Servicios realizados por los estudios de fotografía.
    8. Empleo de instalaciones deportivas.
    9. Lavanderías y tintorerías.
    10. Estacionamiento y aparcamiento de todo tipo de vehículos.
    11. Servicios proporcionados por discotecas y salas de baile.
    12. Servicios telefónicos proporcionados por cabinas de uso público.
    13. Servicios o ventas a domicilio.
    14. Restauración y hostelería, englobando horchaterías, bares, restaurantes, cafeterías y establecimientos similares.

En cuanto a los datos que deben reflejarse en la factura simplificada, coinciden con los de las facturas normales. Sin embargo, en este tipo de facturas no se desglosa la base imponible y el IVA, sino que figura el importe total a pagar, «IVA incluido».

Asimismo, únicamente figurarán los datos de los destinatarios cuando éstos sean empresarios o profesionales o, no siéndolo, soliciten la factura..

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Imágenes sacadas de Pixabay.

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