Herencia y testamentos en Valladolid.
Todo lo que debes saber para dejar hecha tu herencia sin sorpresas.
El testamento es un documento de carácter jurídico que en nuestro ordenamiento es la principal herramienta para que una persona designe a sus herederos. Obviamente, no se trata de un documento obligatorio, ya que si alguien fallece sin testar se abre un proceso de sucesión siguiendo las reglas marcadas en el Código Civil. En todo caso, siempre conviene hacerlo y para ello le ofrecemos un servicio de asesoramiento a su medida para resolver cualquier cuestión que necesite.
El proceso de elaboración del testamento.
Tenga en cuenta que en nuestro país lo más típico es que una persona acuda a hacer un testamento notarial, el cual debe seguir la regla legal de los tercios: un tercio de legítima, un tercio de mejora y un tercio de libre disposición. No obstante, lo habitual es que una persona nombre herederos a partes iguales a todos sus hijos o ascendientes en el caso de no tener familia. Si necesita más información o asesoramiento nosotros le ayudamos.
A continuación, le vamos a detallar con más profundidad las reglas marcadas por el Código Civil para las herencias en caso de no existir testamento.
- En primer lugar, tienen derecho a heredar los hijos del fallecido a partes iguales, si alguno de sus hijos hubiera fallecido con anterioridad le sucederá en los derechos de herencia sus propios hijos si los tuviera.
- Si el hijo del fallecido hubiera muerto con anterioridad y sin descendencia, su parte se divide por igual entre el resto de hermanos.
- En caso de no tener descendencia, los herederos del causante serán sus ascendientes y a falta de estos, su viuda o viudo.
- Si el fallecido no tuviera ascendientes o cónyuge, heredarán sus hermanos y a falta de estos, sus sobrinos.
Si le parece complicado no debe preocuparse porque le asesoraremos en todo lo que necesite.
Cómo se reparten los bienes del fallecido.
El primer paso a realizar para repartir cualquier herencia es la formalización de la llamada declaración de herederos. Se trata de un documento notarial o judicial en el que se determinan quiénes tiene la catalogación de herederos. Una vez hecho este trámite del que nosotros mismos nos encargamos, es el momento de proceder a la partición de los bienes, para lo cual se tiene en consideración lo establecido en el testamento del causante, o bien en las reglas del Código Civil. Este proceso puede ser más o menos sencillo o dilatarse en el tiempo pero nosotros le ayudamos en todo lo que necesite para aligerar el proceso.
El pago de los impuestos tras heredar.
Por último, una vez adjudicados los bienes del causante es la hora de efectuar el pago, si corresponde, del impuesto de sucesiones y donaciones. Este impuesto se encarga de gravar todos los incrementos patrimoniales producidos por la adjudicación de las herencias. Cabe poner de relevancia que el impuesto de sucesiones y donaciones tiene en cuenta las circunstancias personales y patrimoniales del heredero, así como la cuantía a la que ascienden los bienes adjudicados. Este impuesto es diferente en cada Comunidad Autónoma, por lo que es importante contactar con un experto que se ocupe de todos los trámites.
Como se puede comprobar, contar con los servicios de un especialista para cualquiera de los trámites de elaboración de testamento, reparto de los bienes entre los herederos o pago del impuesto de sucesiones es fundamental para evitar problemas.
Si desea más información sobre el tema, solo tiene que contactar con nosotros y le informaremos con mucho gusto de todo lo que necesite.